lunes, 7 de octubre de 2013

CONSTITUCIÓN DESESTABILIZADORA

El verbo desestabilizar y los términos que le son consanguíneos están de moda en la actualidad política venezolana por su abundante utilización oficial. El adjetivo desestabilizador se le carga a cualquier manifestación o escrito disidente, a cualquier crítica o reclamo ciudadano. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela constituye un factor desestabilizador de primer género respecto de la política seguida por el régimen cobijado bajo el estandarte del “Socialismo del Siglo XXI”. Basta con leer ligeramente el Preámbulo y los Principios Fundamentales de nuestra Carta Magna para advertir la carga desestabilizadora que contienen. El primero establece como fin de la refundación de la República el establecimiento de una sociedad democrática, participativa, pluricultural, en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide valores como libertad, paz, bien común, convivencia; asegure el derecho a la vida, la igualdad sin discriminación, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos. Esto entre otras cosas. En los Principios Fundamentales se establece la autoconstitución de Venezuela en Estado de Derecho y de Justicia, propugnador de valores básicos, entre los cuales: vida, libertad, justicia, igualdad, preeminencia de los derechos humanos, pluralismo político. Hace pocos días, hablando de Doctrina Social de la Iglesia (materia sobre la cual Ediciones Trípode me acaba de publicar De la Venezuela real a la posible) me fue muy grato subrayar muchos elementos de nuestra Constitución que coinciden con principios, criterios y lineamientos para la acción de aquella Doctrina. Me ha servido de inspiración en orden a una metodología, que vincule esas dos fuentes, en la formación de los católicos venezolanos hacia una nueva sociedad. La Constitución desestabiliza en cuanto cuestiona la orientación teórica y práctica del proyecto “socialista” oficial, de corte castrototalitario, caracterizado por su orientación: a) excluyente (sólo los “rojos” son patriotas y portadores de derechos);b) hegemónica (control ideológico total de la comunicación social, de la educación y de la cultura en general); c) centralizadora (absorción del poder por el Ejecutivo central, eliminando la división de poderes, el federalismo y la genuina autonomía de las instituciones y organizaciones de base) y d) monopólica (aniquilación del pluralismo político-ideológico orientada al partido-gremio-sindicato único). Frente a una pretensión de poner la “Revolución” por sobre la Constitución (se aprueban por caminos verdes “leyes” y procedimientos a-anti-constitucionales), el Art. 7 de nuestra Carta Magna es desestabilizador, al afirmar que ésta “es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución”. Viendo las cosas en positivo estimo como necesario y urgente: 1) el conocimiento serio y proactivo por parte de todos los venezolanos del texto constitucional; 2) el compromiso educativo de la Iglesia en este campo; 3) la integración del estudio de nuestra Constitución dentro la formación en la Doctrina Social de la Iglesia. Podemos decir que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es felizmente desestabilizadora del régimen actual, si nos comprometemos a hacerla realidad en una “nueva sociedad”.