jueves, 1 de julio de 2010

28.6.2010
PROPIEDAD PRIVADA
Ovidio Pérez Morales
El tema de la propiedad privada se plantea entre nosotros con peculiar acento y máxima actualidad. En efecto, la política oficial, de explícita alineación marxista, acelera la estatización partidizada –falsa socialización- de los medios de producción y, en general, de toda propiedad significativa.
Es preciso enfatizar, como primer paso de reflexión, el carácter relativo de la propiedad privada. Esta no tiene sentido por sí misma, sino por su vinculación con el ser humano, a cuyo servicio se orienta. Dicha propiedad se explica y justifica, por tanto, en función de la persona, individual y grupalmente considerada, de su desarrollo integral y del bien común. De allí que se formule como principio básico: la función social de cualquier forma de posesión privada. Una frase del discurso inaugural de Juan Pablo II en la Conferencia de Puebla (1979) ha hecho bastante camino: “sobre toda propiedad privada grava una hipoteca social”.
En consecuencia, lo que interesa, real y definitivamente, es la persona humana y su comunidad histórica. Su dignidad, sus valores, el ejercicio de sus derechos fundamentales. Así se entiende la siguiente afirmación que subraya el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, publicado por el Pontificio Consejo Justicia y Paz: “La tradición cristiana nunca ha aceptado el derecho a la propiedad privada como absoluto e intocable”. Sólo el ser humano, creado a imagen y semejanza de Dios, tiene categoría de fin. La propiedad se cataloga en el inventario de lo instrumental, en el ámbito de los medios.
Hay un principio clave y de larga tradición en la referida Doctrina Social, a saber, la destinación universal de los bienes, el cual tiene una particular resonancia en tiempos de globalización o mundialización. Ese principio funda sólidamente la opción preferencial por los pobres (personas, comunidades, pueblos) y sitúa articuladamente la propiedad privada y, en general, las diversas formas de propiedad, en el entramado social.
Ahora bien, caracterizada por su función social, su necesaria democratización y enmarcada en la destinación universal de los bienes, la propiedad privada se legitima en base al trabajo que la genera, la autonomía personal y familiar que propicia, la libertad que garantiza, la iniciativa y la responsabilidad que estimula en progreso individual y social. Por ello el referido Compendio afirma: “La propiedad privada es un elemento esencial de una política económica auténticamente social y democrática y es garantía de un recto orden social”.
Conviene repetir que no hay “un modelo cristiano” para el ordenamiento económico, político o cultural. Aquí se abre el campo a la creatividad. Cuando en medios cristianos se dice “ni capitalismo liberal ni socialismo marxista”, se quiere, simple pero seriamente, animar a la construcción de modelos, realistas y de previsible eficacia, que apunten a una “nueva sociedad” en la línea de un genuino humanismo. Los modelos correspondientes han de aprovechar al máximo la experiencia histórica e integrar, entre otros, justicia y libertad, productividad y solidaridad, iniciativa privada y función contralora-promocional del Estado.
En este campo se deben evitar los dogmatismos ideológicos y las involuciones históricas; los anacrónicos “mesianismos” y las tentaciones totalitarias. Cosas éstas paradójicamente presentadas como “novedades” en la Venezuela que celebra el Bicentenario de su Independencia.

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