miércoles, 13 de abril de 2016

ANALFABETISMO CONSTITUCIONAL




Dificulto que se pueda mencionar otro país en el que tanto se haya exhibido públicamente  el libro (especialmente la edición micro) de la Constitución Nacional como Venezuela. Eso se ha hecho con la de 1999, calificada de bolivariana.

En paralelo podría hacer esta otra afirmación: estimo que Venezuela ha establecido un record en violaciones graves y públicas de la Constitución Nacional. Esto ha sucedido con el actual Régimen respecto de la CRBV.   

Esta Carta Magna en su formato micro ha sido exhibida hasta el cansancio, particularmente en shows radio-televisivos, y de modo muy especial en “cadenas”, las cuales, por cierto, dicho sea y  no de paso, violan ostentosamente el derecho a la libertad de expresión y “a la información veraz, oportuna, imparcial y sin censura” establecida por nuestra Constitución en el Título III, Capítulo III relativo a los derechos civiles. Se ha editado y distribuido el texto constitucional en tal cantidad que cualquiera podría pensar en otro lugar del planeta, que el pueblo venezolano es único en cuanto a conocimiento jurídico y que el Estado de Derecho en nuestro país podría ofrecerse como modelo en el concierto internacional.    

Una manera bastante fácil de percibir la contradicción entre lo verbal-gestual y lo real en este campo es confrontar con la situación nacional y la práctica del Ejecutivo así como de  otros poderes del Estado, con lo que establecen el Preámbulo y los Principios Fundamentales de la CRBV. De esto bastaría leer lo que justo al comienzo se dice: nuestro “Estado  democrático y social de Derecho y de Justicia” propugna “como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación (…) la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político” (Art. 2).

En estos mismos días el país está sufriendo la contradicción entre realidad y letra con el comportamiento del Poder Judicial en su expresión más resaltante como es el Tribunal Supremo de Justicia. De las cualidades que más destaca la Constitución en este ámbito  son: independencia, imparcialidad. Pues bien, se está dando un triste y dañino espectáculo con la subordinación del TSJ al diktat hegemónico, totalitario, del Ejecutivo, poniéndose así abiertamente de espaldas al soberano. Y a la genuina Constitución.   

Una cosa es distribuir impresos, otra, conocer normas; y, más todavía, “concientizar” derechos-deberes y, sobre todo, ser coherentes y exigentes en su aplicación. Se ha de comenzar dando oportunidad y facilidad a la población de conocer bien los elementos básicos del texto Constitucional, como también los derechos humanos explicitados por la Declaración Universal del ´48. Se toman, en efecto, muchas cosas  como concesiones del Poder, cuando en verdad son  pura y simplemente propiedad innata de los ciudadanos.  

 El Consejo Nacional de Laicos acaba de editar un pequeño libro mío, tipo introductorio, sobre Doctrina Social de la Iglesia. A pesar de lo sintético y breve de dicha publicación he reproducido en anexos el Preámbulo y los Principios Fundamentales de nuestra Constitución, al igual que la Declaración Universal de los Derechos Humanos con su articulado completo y un breve texto del Concilio Plenario de Venezuela, animando a su lectura reflexiva, compartida y comprometida.

Debo confesar que como Iglesia (entendiendo por ésta la comunidad eclesial entera  y no sólo la jerarquía) hemos actuado muy poco nuestra obligación en esta materia, frente al gran desafío que entraña la dimensión social y política del Evangelio.

Se es analfabeto puro y simple de la Constitución, de los Derechos Humanos y de los imperativos básicos de la Buena Nueva, cuando ni siquiera se los conoce. Pero, aun conociéndolos, cabe hablar de un analfabetismo funcional, cuando no se los asume dinámicamente, a través de la conciencia y de la praxis. Del anuncio, de la denuncia y del testimonio.


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