sábado, 19 de mayo de 2012
8.3.12
OCTUBRE: APERTURA DE HORIZONTES
Ovidio Pérez Morales
La jornada electoral del próximo octubre plantea una alternativa de incalculables consecuencias para el país. Se trata, ni más ni menos, de abrir horizontes democráticos y de progreso integral, o de continuar un proceso involutivo-destructivo de la comunidad nacional.
Si se me pidiese describir los horizontes deseables hacia los cuales encauzar la marcha, no dudaría en responder recordando simplemente el Preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999. Resulta extraño y doloroso afirmar esto, a más de una década de haberse aprobado esa Carta Magna, calificada como “la mejor del mundo y cuya aplicación, se esperaba, habría de ser tarea prioritaria y urgente.
La lectura de ese Preámbulo constituye ciertamente una requisitoria frente a un régimen que trata de justificar un modelo ideológico-político al margen de la Constitución o contrario a ella, en base a supuestos determinismos históricos, que “la praxis histórica” ha evidenciado como falsos y negativos.
La Constitución no es un texto perfecto; al fin y al cabo es un conjunto normativo hecho en el tiempo y para el tiempo y, por ende, perfectible. Ofrece, sin embargo, la referencia jurídica fundamental, que este país se ha dado para organizar la convivencia ciudadana al interior y en el concierto internacional.
El texto constitucional no es un documento puramente exhortativo o de carácter pedagógico, que lo tiene. Es obligante y como tal permanece, a pesar de todas las violaciones de que pueda ser objeto. “La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución” (Art. 6).
En la coyuntura nacional concreta, en que surgen serios interrogantes sobre el ejercicio de la Presidencia misma de la República, la Constitución establece normas claras con las cuales se debe salir al encuentro de dificultades e imprevistos. El atenerse con fidelidad y coherencia a ellas es garantía de de seguridad y paz para todos.
El Preámbulo de la Constitución es un catálogo de derechos y obligaciones, cuya auténtica puesta en práctica puede conducir a una efectiva refundación de la República sobre bases y en un marco más altos y nobles. Entendiendo refundación no en el sentido de un partir de la nada, sino de un nuevo capítulo de convivencia democrática, que asuma lo mejor y supere limitaciones y vicios del pasado.
No dudaría en afirmar que abrir horizontes democráticos y de progreso integral mediante la decisión electoral de octubre, es hacer realidad, de veras, lo que el Preámbulo de nuestra Constitución establece como meta de la refundación de la República en estos comienzos de siglo y milenio.
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